Permiso por puntos


A continuación ofrecemos información sobre el funcionamiento del sistema de puntos que puede ser de tu interés:



A partir del 1 de Julio de 2006 está en vigor en España el nuevo Permiso por Puntos. Estamos convencidos que con la colaboración de todos podremos reducir la siniestralidad y conducir con mayor tranquilidad.

¿A quién afecta esta ley?

Esta ley es de obligado cumplimiento para todos los titulares de permiso o licencia de conducción, independientemente de cuál sea su clase y cuándo se haya obtenido.

¿Cuántos puntos tiene cada conductor?.

Cuando obtienes tu primer permiso o licencia, se te asigna un saldo de 8 puntos, y si en dos años no cometes ninguna infracción que detraiga puntos, tu nuevo saldo pasará a ser de 12 puntos. También dispondrás de 8 puntos cuando recuperes el permiso o licencia de conducción tras haber perdido la vigencia el que tuvieras, si hubieses agotado tu crédito.

Buen conductor:

Una vez obtenido los doce puntos, si en los tres años siguientes no cometes ninguna infracción de las que detraen puntos, incrementarás en 2 puntos los 12, pasando el nuevo saldo a ser de 14 puntos, y recibirás 1 punto más, si en los 3 años siguientes tampoco cometes ninguna infracción que reste puntos, llegando el saldo así hasta los 15 puntos, que es el máximo que se puede llegar a obtener.

¿Qué pasa cuando pierdo todos los puntos?.

Pues que pierdes el permiso de conducción. Después de seis meses desde la pérdida, podrás obtener uno nuevo superando un curso de sensibilización y reeducación, y tras superar una prueba teórica en cualquier Jefatura de Tráfico, dispondrás de un crédito de 8 puntos. Si en dos años no pierdes más puntos, pasarás a tener un saldo de 12; empezando en ese momento las posibles bonificaciones. Si entre las infracciones que hubieras cometido, alguna hubiese sido muy grave, deberás esperar tres años para reestablecer el saldo de 12 puntos.

¿Cuánto tiempo transcurre hasta poder recuperar el permiso?.

Conductores profesionales: 3 meses la primera vez que pierdas el saldo, y 6 meses la segunda. Conductores No profesionales: 6 meses la primera vez que pierdas el saldo, y 12 meses la segunda. Después habrá que superar un curso de sensibilización, que se impartirá en centros concertados, y una prueba teórica en la Jefatura de Tráfico correspondiente.

¿La pérdida de puntos es en el momento de la infracción?:

No. La pérdida de puntos se producirá en el momento en que la sanción sea firme. La sanción será firme:

En el caso de que el conductor decida pagar, éste dispone de 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación de la infracción para hacer efectiva la sanción, obteniendo un 50% de reducción en el importe de la multa, adquiriendo firmeza, al día siguiente del pago.

Si el conductor no formula alegaciones ni paga, la Administración penaliza su inactividad y ejecutará la sanción en el plazo de 30 días naturales desde la notificación de la denuncia.

Si presenta alegaciones o peticiones de prueba ante el organismo que tramita su denuncia en el plazo de 20 días naturales, no podrá acogerse a la reducción del 50% del importe de la sanción y será firme cuando nos notifiquen la resolución de las alegaciones.

¿Cómo puedo saber los puntos que tengo?:

Desde el 1 de Julio de 2010, la web www.dgt.es tiene un apartado para que consultes tu saldo de puntos.

¿Cómo recuperar los puntos perdidos o el permiso?:

En ambos casos, es necesario realizar un curso en un centro concertado. Su coste corre a cargo del interesado y son impartidos por personal especializado.

Recuperación Parcial: el curso de sensibilización y reeducación vial tendrá 12 horas de duración y se podrá realizar una vez cada dos años, salvo los profesionales, que podrán hacerlo cada año.

Recuperación del permiso de conducción una vez perdidos todos los puntos: curso de 24 horas de duración, y además se deberá superar una prueba en la Jefatura de Tráfico.

Los cursos constan de: temas comunes dedicados a la formación general en cultura y educación vial, fomentándose el debate y la reflexión en grupo; y de temas específicos, adaptados a las áreas relevantes que más afecten a cada conductor de forma especializada.

Medidas especiales para conductores profesionales:

Esta ley entiende como conductor profesional a toda persona, con la debida autorización administrativa, cuya actividad laboral sea la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o personas. En general, la ley establece una serie de ventajas para estos conductores, principalmente la reducción a la mitad de los plazos establecidos para no profesionales.

¿Qué ocurre si pierdo algún punto?.

Podrás optar por una recuperación parcial, de un máximo de 6 puntos, si superas un curso de sensibilización y reeducación vial, que sólo puedes realizar una vez cada dos años.


Perder puntos: Cuando y cuantos.

1.- Si conduces con una tasa de alcohol superior a 0,50 mg/l en aire espirado (profesionales y conductores noveles más de 0,30 mg/l).

» 6 Puntos.

2.- Si conduces bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.

» 6 Puntos.

3.- Si te niegas a pasar las pruebas de alcoholemia, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.

» 6 Puntos.

4.- Si conduces de forma temeraria, circulas en sentido contrario o participas en competiciones o en carreras de vehículos no autorizados.

» 6 Puntos.

5.- Si conduces superando en más de 40 km/h el límite de velocidad máxima autorizada si esta es de entre 30 y 50 km/h, o en más de 60 km/h si el límite de velocidad máxima autorizada es superior o igual a los 60 km/h.

» 6 Puntos.

6.- Si eres conductor profesional y excedes en más del 50% los tiempos de conducción o minoras en más del 50% los tiempos de descanso.

» 6 Puntos.

7.- Si participas o colaboras en la colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteran el normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

» 6 Puntos.

8.- Si conduces vehículos que tengan instalados mecanismos os sistemas encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como la inhibición de sistemas de detección de radar.

» 6 Puntos.

9.- Si conduces con una tasa de alcohol superior a 0,25 y hasta 0,50 mg/l en aire espirado (profesionales y conductores noveles más de 0,15 y hasta 0,30 mg/l).

» 4 Puntos.

10.- Si conduces un vehículo con un permiso o licencia que no te habilite para ello.

» 4 Puntos.

11.- Si arrojas a la vía o alrededores cualquier objeto que pueda producir incendios, accidentes u obstaculizar la libre circulación.

» 4 Puntos.

12.- Si te saltas un STOP, un semáforo en rojo o no respetas la prioridad de paso.

» 4 Puntos.

13.- Si adelantas en peligro o entorpeciendo a quienes circulan en sentido contrario o en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida.

» 4 Puntos.

14.- Si adelantas poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.

» 4 Puntos.

15.- Si realizas maniobras de marcha atrás en autopistas y autovías.

» 4 Puntos.

16.- Si no respetas las señales de los Agentes que regulan la circulación.

» 4 Puntos.

17.- Si no mantienes la distancia de seguridad con el vehículo que te precede.

» 4 Puntos.

18.- Si conduces un vehículo teniendo suspendido la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce.

» 4 Puntos.

19.- Si conduces superando en más de 30 km/h y menos de 41 km/h el límite de velocidad máxima autorizada si esta es de entre 30 y 50 km/h, o en más de 50 km/h y menos de 61 km/h si el límite de velocidad máxima autorizada es superior o igual a los 60 km/h.

» 4 Puntos.

20.- Si haces un cambio de sentido incumpliendo las normas.

» 3 Puntos.

21.- Si usas manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro aparato que no te permita estar atento mientras conduces.

» 3 Puntos.

22.- Si no te pones el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de seguridad obligatorios.

» 3 Puntos.

23.- Si conduces superando en más de 20 km/h y menos de 31 km/h el límite de velocidad máxima autorizada si esta es de entre 30 y 50 km/h, o en más de 30 km/h y menos de 51 km/h si el límite de velocidad máxima autorizada es superior o igual a los 60 km/h.

» 2 Puntos.


Pwermiso por puntos
Carnet por puntos